martes, 29 de diciembre de 2009

Caso Acteal (Entre el Genocidio y el "Usted disculpe")

El 12 de agosto de 2009, la Suprema Corte resolvió el Caso "Acteal" (cuyo documento se encuentra en este mismo Blog, dentro de los Casos Paradigmáticos). Los hechos los recordamos todos, se trata de la matanza de 45 indígenas por grupos paramilitares el 22 de diciembre de 1997.

Cabe destacar que nuestro máximo Tribunal ha sido amplia y severamente criticado por distintos medios de comunicación, ya que la resolución definitiva en los amparos, fue concederlos, por distintas violaciones a los procedimientos penales que se les siguieron a los presuntos culpables de ese entonces, lo que significó concederles la libertad después de tantos años.

Los derechos fundamentales violados en este caso, según la Suprema Corte de Justicia son, entre otros, el debido proceso, la presuncion de inocencia, el derecho a un intérprete y el derecho a la impartición de justicia expedita. En la sentencia que ofrecemos al lector en este mismo Blog, aparecen errores verdaderamente graves en las averiguaciones realizadas por el Ministerio Público y los jueces de aquella entidad; entre muchas de las irregularidades que existieron dentro del proceso penal, fue la creación de pruebas falsas para condenar a los culpables, obtención de pruebas ilegales (lo que doctrina jurisprudencial americana llama fruit of the poison tree), falta de un traductor oficial para muchos de los condenados. Incluso, aunque parezca paradójico e irracional, destaca una valorización de una prueba pericial a partir de la famosa página web Wikipedia.

Aclaramos, no estamos a favor de los presuntos genocidas, tal y como muchos medios informativos han hecho valer cuando afirman que el PJF libera a los culpables. Estamos a favor de que el debido proceso sea llevado a cabo en este país, a través de un sistema acusatorio, abierto, claro y transparente. Es decir, si estas personas, desde el punto de vista de la verdad fáctica, fueron los verdaderos culpables, es una desgracia, pues las averiguaciones y demostración de su culpabilidad ocurrieron tras una cortina negra y de buroracia inútil de funcionarios corruptos y negligentes, en donde, según quedó demostrado en la sentencia que hoy comentamos, se evidencia su trabajo inútil. En caso contrario, los presuntos culpables que permanecieron por largos años en prisión quedarán sin derecho a ser indemnizados, pasando 10 años de su vida, encarcelados por un crimen que no cometieron.

Sin duda alguna, la Corte ha mostrado con el caso Acteal que esta dispuesta a asumir su rol de Tribunal Constitucional, así como su responsabilidad histórica que tiene con la sociedad mexicana. Se ha atrevido a abrir la "caja de pandora" en el sistema de impartición de justicia penal en nuestro país, ha decidido desnudar el sistema de investigación penal. Ha decidido por fin, sentar un precedente emblemático para enfrentar esa cruda realidad de indiferencia y desprecio, a la que a diario se enfrentan miles de personas en las prisiones en este país, por no contar con los recursos económicos suficientes para poder defenderse adecuadamente.

Pero aún nos queda el trago amargo de la ausencia del derecho a la verdad, que quizá nunca sepamos, si seguimos negando el entorno real que vivimos diariamente, el culto a la simulación y a la apariencia, el ninguneo, el de la soledad cerrada, que si nos defiende nos oprime y que al ocultarnos nos desfigura y mutila, tal y como diría Octavio Paz. De nosotros depende seguir arrancando esas máscaras hipócritas tras las que siguen operando impunemente muchas de las autoridades que llevaron inadecuadamente las investigaciones sobre este Genocidio.

sábado, 26 de diciembre de 2009

Metodología de Enseñanza

En lo personal, y haciendo uso del derecho fundamental a la libertad de cátedra y discusión de ideas, no soy partidario del aprendizaje robótico de conceptos que únicamente ocasionan el debilitamiento cerebral y la apatía agónica de muchos estudiantes en las aulas universitarias. Por lo que prefiero dejar a los diccionarios y manuales correspondientes el estudio de conceptos, para reservar este espacio académico a un proceso de enseñanza-aprendizaje más libre, y sin el rigorismo que implica en ocasiones la estricta metodología de enseñanza universitaria. Al final del curso cada uno podrá formar su propia opinión o criterio sobre los derechos fundamentales.

El método de trabajo en el aula puede ser de tres formas: predominantemente clase del maestro, exposición de caso-práctico por el profesor y su correspondiente resolución por el alumno, y en dos ocasiones en el semestre, el alumno participará con un ensayo elaborado a partir de un tema controversial en concreto, designado por el propio maestro. Reitero, el proceso de lecturas especializadas depende de cada uno de los alumnos, según el material brindado por el mismo maestro.

Este Blog esta dividido en varias secciones. En la presente columna se publicarán contínuamente comentarios de un servidor sobre los temas a analizar en clase. Quincenalmente será invitado un equipo de cada salón al Aula Virtual a publicar un pequeño ensayo sobre los temas que se abordan en clase, en este asunto en particular no hay reglas ni formalismos (dentro de la moral y las buenas costumbres), el alumno podrá emplear su creatividad e ingenio para publicar o crear incluso alguna actividad que sea acordada por ellos. Del lado derecho del Blog podrán encontrar diversas secciones, "Los derechos en serio" es un conjunto de interesantes reproducciones que ejemplifican como se aplican los derechos humanos en la vida cotidiana. "Casos de la CIDH (Corte Interamericana de Derechos Humanos) en México", busca mantenernos actualizados sobre las sentencias que ha dictado este organo internacional de derechos humanos en contra del Estado mexicano. Los siguientes espacios de "Tribunales Internacionales" y "Tribunales en el Mundo" contienen el enlace directo a la jurisprudencia internacional y comparada que hemos considerado más relevante en la práctica contínua de los derechos fundamentales. Otros links que hemos considerado de mucha utilidad son las exposiciones de motivos de las leyes federales, así como indicadores internacionales en materia de derechos humanos en nuestro país, principalmente hemos acudido al "Observatorio Internacional de Derechos Humanos" que goza de un prestigio internacional bastante notable. El resto de las secciones son lecturas en línea sobre derechos fundamentales, en las que escriben profesores de esta Aula Virtual, las cuales esperemos sean de utilidad en este gran proceso de aprendizaje.

Parte Primera.- Los 3 modelos de derechos

Hoy en día, los derechos humanos se han vuelto una cosa muy común en nuestras sociedades occidentales contemporáneas. Incluso, por ahí hemos oído hablar en los círculos no especializados, sobre el exceso de derechos humanos, que al lograr una especialización bastante notable (derecho a la salud, alimentación, agua, subsistencia-derecho a la renta-) se han vuelto hasta una especie de paternalismo jurídico, insostenible por el Estado; sin embargo, recordemos que todos los derechos surgen y nacen de una realidad social determinada. Como diría Ferrajoli, ningún derecho cayó del cielo, y mucho menos fue producto de la inspiración divina. Los derechos humanos de los que ahora gozamos han sido producto de una lucha contínua e incesante por limitar el poder político, económico y social.

Actualmente no podríamos comprender las dimensiones de tener derecho a tener un juicio justo, sin antes analizar las dimensiones y perspectivas bajo las cuales tuvo surgimiento. Es preciso entonces acudir a los antecedentes históricos, como la Carta Magna inglesa de 1215, la Bill of Rights de 1689, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776, o la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

En ocasiones, imaginamos que la historia constitucional únicamente sirve como tema de referencia obligada, impuesta por un reducido círculo de profesores aburridos que buscan engrosar los temarios de las Escuelas de Derecho, o quizá como remembranza para seguir añorando aquél pasado glorioso y maravilloso de conquistas sociales. En muchas ocasiones he oído de labios de catedráticos, que la historia del derecho es una materia bonita, pero impráctica. He de confesar que aún no comprendo el concepto de: "bonita materia", pero he de manifestarles que tengo bastantes dudas sobre aquellos pensamientos vacíos que se niegan a comprender de manera integral el fenómeno de la historia en el derecho. Afirmar que la historia del derecho no tiene ninguna utilidad es casi lo mismo como decir que los que construimos el derecho de ahora, no tendrá ninguna utilidad en el futuro.

La historia de los derechos fundamentales sufre una incomprensión similar en nuestro país, que en esta Aula Virtual trataremos de evitar. El primer paso es precisamente comprender en su justa dimensión, los tres modelos de derechos, surgidos a partir de las tres principales revoluciones sociales y políticas principales, que desembocaron en la creación de textos específicos, en los cuales se consagraron por vez primera los derechos humanos. Cabe aclarar, que en ese entonces no se conocían propiamente los "derechos" como los conocemos actualmente, sino que eran más bien entendidos como una clase de prerrogativas o privilegios concedidos a la burguesía ilustrada que lideró cada una de estas revoluciones; a pesar de esto, cada uno de los documentos firmados adquirió universalidad con el paso del tiempo, hasta convertirse en patrimonio de la mayor parte de la humanidad.

Decía antes que es necesario evitar las malas comprensiones que se tienen sobre la historia de los derechos fundamentales. Entonces, la finalidad principal en la primera parte de este proceso de enseñanza es analizar los modelos inglés, americano y francés de derechos, así como comprender su contexto social, político y jurídico. Una vez concluida esta fase, nos dispondremos a estudiar con detenimiento los caracteres que tomó el Constituyente en nuestro país al momento de la consagración de los derechos humanos en las Constituciones. Es necesario entender el por qué seguimos denominando "Garantías Individuales", o en algunas ocasiones, "Garantías Constitucionales" a los derechos fundamentales. Es necesario escudriñar porqué el Constituyente del ´57 se refería a los derechos humanos y no a las "Garantías", término que fue empleado hasta 1917. La razón resulta muy práctica y sencilla: no existían instrumentos efectivos para tutelar los derechos humanos, fue entonces que se decidió emplear el término de "garantías", ya que éste otorgaría un "supuesto" mayor respeto de parte de las autoridades. Sin embargo, durante la mayor parte del siglo XX nuestra Suprema Corte de Justicia permaneció en un letargo jurisprudencial casi nulo, que volvía la práctica constitucional de vivencia de los derechos humanos en una simulación contínua de retórica constitucional y legislativa, pero sin otorgar verdaderas garantías efectivas para su protección.

En la actualidad el panorama es mas alentador. Las reformas constitucionales de 1994 y sucesivas, así como su puesta en práctica, han desencadenado toda una revolución jurídica bastante favorable para el ambiente del derecho constitucional en nuestro país. En el transcurso de este curso buscaremos analizar cuáles han sido los aciertos, consagraciones y retrocesos en materia de reconocimiento, protección y garantía de los derechos fundamentales en nuestro país.

Apogeo y crisis de los derechos fundamentales (Introducción)

Hace ya casi dos décadas, el politólogo italiano, fundador de la Escuela de Turín, Norberto Bobbio, afirmaba que nos encontrábamos en "el tiempo de los derechos", ésto, ante la ola masiva de creación de instrumentos para la defensa y protección de los mismos. No obstante, la situación que vivimos hoy en día resulta un tanto paradójica. La desertificación grave en el continente africano, las migraciones de miles de personas que diariamente cruzan fronteras, ya no para buscar mejores oportunidades de vida, sino en una irrefrenable lucha por la supervivencia; en el 2009 por ejemplo, la FAO informó que de cada seis personas que habitan el planeta, una padece hambre.

Aunado a lo anterior, se suma el grave deterioro en la calidad de vida, ocasionada por los efectos del cambio climático, y si a ésto añadimos la pérdida progresiva y violación sistemática de derechos laborales en nombre de la globalización económica y el libre tráfico de capitales, las personas quedamos en un reducto ínfimo, donde el ser humano es minimalizado y cosificado, dejándolo en una situación de franca vulnerabilidad, ante quien se dice ser más fuerte, económica, política o físicamente.

Aludiendo a la máxima de Hobbes, "el hombre es un lobo para el hombre", Bobbio afirmaba que a pesar de esto, el hombre ha tratado de reaccionar a esta doble hostilidad inventando técnicas de supervivencia y defensa. Los derechos humanos representan precisamente un freno, es decir, un contrapeso ante el poder político, económico o social absoluto, o al menos, la historia de la humanidad así lo ha demostrado. Lo importante en esta época de dualismo, entre apogeo y crisis de los derechos humanos, en una auténtica "sociedad del riesgo global" (en términos del sociólogo alemán Ulrich Beck) no nos debe llevar a reducir el complejo fenómeno a una simple fórmula utilitarista o pragmática, pues el progreso técnico y científico, debe ir acompañado del progreso moral de las sociedades.

En esta pequeña "Aula Virtual de Derechos Fundamentales", se pretende esudriñar, indagar y experimentar, a través de lecturas y ejercicios, sobre la necesaria y urgente necesidad de concientizar sobre la vivencia de los derechos humanos. En este proceso, nos encontraremos quizá con bastantes dudas, desaciertos, insabores, sinrazones y desilusiones a las que nos arrojan en ocasiones los tecnicismos de los complejos sistemas políticos y jurídicos; pero procuraremos, en la medida de lo posible, dejar el trago amargo de estas situaciones, siendo más propositivos, analizando de manera objetiva y científica el estado de la cuestión sobre la situación actual de los derechos humanos en la que se encuentra México.

Propongo que este espacio sirva como un vehículo de participación, para y de los jóvenes espíritus universitarios que se sienten atraídos por los derechos humanos, que incluso han vivido injusticias en carne propia por la violación a sus derechos de parte de la autoridad, pero que aún no hallan las herramientas adecuadas para exigir su efectivo respeto. Los invito a participar en un proyecto que busca soluciones integrales al complejo problema de efectividad de los derechos humanos.

Cabe aclarar que este es un proyecto surgido netamente de la academia y con vocación universitaria. Como dijo José Vasconcelos alguna vez, el profesionista tiene la tendencia a convertirse en un parásito social, parásito que aumenta la carga de los de abajo y convierte a la escuela en cómplice de las injusticias sociales. Estamos aquí para legitimar una labor noble de enseñanza-aprendizaje, y sobre todo, convertir en "trabajo útil, trabajo productivo, acción noble y pensamiento alto" cada una de nuestras acciones. Para este servidor, Profesor, y para ustedes, alumnos, no queda más que aprovechar la oportunidad que nos ha legado el esfuerzo de miles de personas que sostienen esta Universidad Pública y transformar la realidad de la que tanto nos quejamos día a día. Esperemos, por el bien de todos, que así lo sea. Bienvenidos.